No. Si la autoridad administrativa certifica que el negocio está en regla, no estaría incluido en las actividades molestas relacionadas en el art. 7.2 de L.P.H., al no incumplir las ordenanzas.
08 de marzo de 2015 | » ver más «
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No. Si la autoridad administrativa certifica que el negocio está en regla, no estaría incluido en las actividades molestas relacionadas en el art. 7.2 de L.P.H., al no incumplir las ordenanzas.
08 de marzo de 2015 | » ver más «
A priori no. Si el local dispone de los permisos oportunos para su apertura, bien municipales como de Industria en su caso, cumpliendo con las normas técnicas para las salidas de humos, no es posible ...
08 de marzo de 2015 | » ver más «
Habrá que estar a las especiales características de la actividad merecedora de sanción, con independencia de que esté recogida en los catálogos administrativos. Los ...
08 de marzo de 2015 | » ver más «
El Artículo 7.2 LPH establece lo siguiente:
2. Al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él o en el resto d...
17 de agosto de 2015 | » ver más «
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