96 - ¿En materia de protección de discapacitados, están los disidentes obligados al pago de las obras si su cuota de instalación excede de tres mensualidades?
Sí, están obligados al pago todos los propietarios, incluso los disidentes, siempre que se realice una asamblea donde conste en el orden del día esta cuestión y se someta a votación de la Junta la realización de las obras de acondicionamiento, aunque éstas superen tres mensualidades ordinarias de gastos comunes. Ello conforme al art.17.1 y el art. 11.3 LPH.