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410 - ¿Es necesario que conste en la convocatoria que todos los propietarios están al corriente de pago?


No, no es obligatorio.

Sentencia AP Madrid de 28-07-2009
Extracto

"En cuanto a la relación de morosos, efectivamente el artículo 16.2 dispone que laconvocatoria contendrá una relación de los propietarios que no estén al corriente en el pago de las deudas vencidas a la comunidad con la advertencia de que serán privados del derecho de voto si se dan los supuestos previstos en el artículo 15.2 de la Ley de Propiedad Horizontal. Exigencia que, obviamente, sólo cabe cumplir cuando hay propietarios morosos, pero no cuando todos están al corriente de pago en el momento de efectuarse la convocatoria, sin que el precepto imponga en este último supuesto la indicación expresa de que todos los propietarios están al corriente en el pago de las deudas vencidas a la comunidad. Por tanto sólo es necesaria la mención en caso de que haya propietarios morosos."
 


Agregado a Consultas por Fincasoft el 20 de agosto de 2015



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