Cargando.
Por favor espere.

menu

Iniciar sesión
NIF



Clave




¿No tienes Cuenta?
Regístrate
¿Olvidaste tu contraseña?


Acceso para usuarios

NIF



Clave




¿No tienes Cuenta?
Regístrate
¿Olvidaste tu contraseña?

Consultas

402 - ¿Es obligatoria la instalación de la TDT en la comunidad de propietarios?


La adaptación a la TDT por parte de las comunidades de propietarios es una de las obligaciones que les impone el art. 10.1 LPH para el adecuado sostenimiento y conservación del inmueble y de sus servicios. De esta manera, si la Comunidad de Propietarios aprueba la instalación de dicha infraestructura en acuerdo válidamente adoptado, todos los propietarios quedan obligados a contribuir a los gastos de instalación, no pudiendo los disidentes ampararse en el 17.2 para no hacerlo.

Así se recoge en sentencia de la AP de Badajoz de 20-03-2009: "...debe de considerarse que se trata de obras de carácter necesario del art. 10.1 LPH , pues son obras necesarias para el sostenimiento del inmueble y sus servicios e instalaciones. Por ello, las obras de adaptación o renovación en materia de servicios de comunicación, y en especial para el impulso de la TDT, son de carácter necesario y requeridas para la adecuada funcionalidad del inmueble y de sus servicios e instalaciones."


Agregado a Consultas por Fincasoft el 20 de agosto de 2015



volver 

¿Quieres Administrar con Fincasoft? Regístrate y comienza ya mismo, es Gratis. Registrarse