239 - ¿Es válido el contrato de servicios profesionales para administrar la Comunidad efectuado por el Presidente con un Administrador por plazo superior a un año?
No. No vincula a la Comunidad. El Presidente no está facultado para formar contratos de servicios con miembros de los órganos de gobierno. Los nombramientos de los órganos de gobierno se efectúan por un año sólo, y en cada Junta anual se resuelve su renovación o rescisión.