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181 - ¿La sustitución del ascensor por otro nuevo deben pagarla también los locales?


Sí, si se demuestra que la sustitución es necesaria.

Si se demuestra que el ascensor puede ser reparado, no se podrá obligar a los Bajos o locales a que contribuyan a la sustitución del ascensor, siempre que éstos se opongan, siendo la repercusión del coste de la sustitución superior a tres mensualidades ordinarias de gastos comunes. Máxime si los Bajos y locales no están obligados al pago de los gastos de mantenimiento según los estatutos de la Comunidad, por acuerdo de la Comunidad.

Ver Sentencia AP Burgos Sección 2ª de 27 de febrero de 2002.


Agregado a Consultas por Fincasoft el 08 de marzo de 2015



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