12 - ¿Puede constituirse una Comunidad sobre parcelas de suelo urbanizable?
Sí. Siempre que hayan elementos comunes (viales, alumbrado, zonas deportivas, canalizaciones, etc…) existe Comunidad, según se desprende del art. 396 del Código civil, y le será de aplicación la LPH, independientemente de la situación urbanística del suelo.