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179 - ¿Puede darse el caso de que se apruebe por mayoría cualificada, 3/5 partes del total de propietarios que a su vez representen las 3/5 partes del total de cuotas de participación, la instalación del servicio de ascensor en la Junta, y que el propietario que vote en contra de este acuerdo quede exento del pago de la instalación?


Sí, puede darse el caso, si se considera que la instalación del servicio de ascensor es una mejora no requerida para la adecuada conservación y habitabilidad del inmueble, una instalación novedosa y de elevado coste, superior a tres mensualidades ordinarias de gastos comunes. Ver Sentencia AP Palencia, Sección única de 17 de noviembre de 2000.

Agregado a Consultas por Fincasoft el 08 de marzo de 2015



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