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Consultas

48 - ¿Puede una Comunidad establecer una cláusula estatutaria que establezca que una vez concedida contractualmente a un local la exclusiva para vender determinados productos no será posible que otro local se dedique a la misma actividad?


Sí, la cláusula sería válida.

Ver STS de 8 de mayo del 2002.


Agregado a Consultas por Fincasoft el 08 de marzo de 2015



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