48 - ¿Puede una Comunidad establecer una cláusula estatutaria que establezca que una vez concedida contractualmente a un local la exclusiva para vender determinados productos no será posible que otro local se dedique a la misma actividad?
Sí, la cláusula sería válida.
Ver STS de 8 de mayo del 2002.
Ver STS de 8 de mayo del 2002.