194 - ¿Qué ocurre si ante la adopción de acuerdos en las Juntas, y su posterior comunicación a los propietarios ausentes, éstos no se manifiestan en modo alguno?
Una vez que los propietarios ausentes a una Junta reciben la comunicación de los acuerdos adoptados, disponen de 30 días para manifestar su conformidad u oposición. Si no se manifiestan de ningún modo, quedan vinculados por el acuerdo adoptado.