150 - ¿Qué ocurre si se hace la convocatoria a una Junta sin adjuntar la relación de los deudores?
Por incumplimiento de lo establecido en el art. 16.2 LPH, el deudor puede impugnar judicialmente los acuerdos que se adopten, previa consignación judicial del importe que adeude a la Comunidad.