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351 - ¿Qué quorum se precisa para efectuar un cerramiento sobre el acceso al jardín del edificio desde la calle?


Se trataba en este caso del cerramiento de acceso central al jardín del edificio desde el paseo marítimo. No es necesaria la unanimidad.

Sentencia del Tribunal Supremo, 03-06-2009
Extracto

"Por el contrario, siendo así que el cerramiento no dificulta el acceso a los locales, ni impide el uso comunitario del jardín, al que se tiene cómodo acceso por los vecinos, sino que sólo se destina a que no se pueda acceder al mismo por cualquiera que transite por el paseo marítimo, es de más procedente aplicación la doctrina contenida en las Sentencias de esta Sala de 15 de febrero de 1988 , que se refiere a decisiones de la Junta de Propietarios que limitan los accesos al inmueble en beneficio general y para las que no se requiere unanimidad; de 19 de noviembre de 1996, que parte de que el cerramiento no suponía alteración del título constitutivo ni creaba daños o perjuicios a los actores, no siendo por ello necesario el acuerdo unánime; y de 3 de marzo de 2003, que atiende a las características de las obras de cerramiento para decidir sobre la exigencia de unanimidad."


Agregado a Consultas por Fincasoft el 14 de agosto de 2015



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