93 - ¿Quién debe asumir el pago de unas derramas, si éstas se corresponden con unos hechos ocurridos antes de la adquisición del inmueble por el nuevo propietario, aunque las derramas se fijan con posterioridad a la adquisición?
Debe asumirlas el nuevo propietario, conforme a lo dispuesto en el art. 11.4 LPH.