30 - ¿Quiénes pueden otorgar el título constitutivo?
1º El promotor del edificio al iniciar la venta de los pisos y locales.
2º Los propietarios existentes mediante acuerdo unánime.
3º Por laudo.
4º Por resolución judicial.
La L.P.H. no lo establece, pero sí especifica quiénes son los legitimados para asignar las cuotas de participación en el título.
2º Los propietarios existentes mediante acuerdo unánime.
3º Por laudo.
4º Por resolución judicial.
La L.P.H. no lo establece, pero sí especifica quiénes son los legitimados para asignar las cuotas de participación en el título.