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214 - ¿Se le puede exigir ahora a un propietario que elimine una puerta que une su local con el zaguán cuando dicha construcción fue consentida hace trece años por la Comunidad?


No si no existe una razón que lo fundamente, se considera abuso de derecho. Se trata de una alteración permitida después de que las obras fueran efectuadas a la vista de la Comunidad hace trece años sin manifestación en contra. (S.A.P. Alicante, Sección 5.ª, de 6 de septiembre de 2002).

Agregado a Consultas por Fincasoft el 08 de marzo de 2015



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