259 - ¿Se puede acordar que el fondo de reserva se destine a fines distintos de los de reparación y conservación de los elementos comunes de la Comunidad?
No. El fin al que se ha de destinar el fondo de reserva está designado por el art. 9 de la L.P.H., y ha de ser exclusivamente el de atender a las obras de reparación y conservación de la finca.