254 - ¿Si la Comunidad va a realizar demandas judiciales contra morosos y las cuantías son pequeñas, es conveniente utilizar abogado y procurador? ¿Qué gastos le supone?
Aunque la cantidad a reclamar sea inferior a 900 euros, si la Comunidad gana el pleito, está en su derecho de repercutir las costas al propietario moroso, aunque no hubiese sido preceptiva la utilización de abogado y procurador tratándose de una cantidad menor. (Art. 21.6 L.P.H.).