80 - ¿Si un propietario litiga contra la Comunidad y gana el pleito, si las costas se le imponen a la Comunidad de la que él forma parte, se le pueden imputar también a él dichos gastos, como si de gastos comunes se tratara?
No. El propietario que se vio en la obligación de promover el pleito contra la Comunidad no está obligado al pago de su parte alícuota respecto de los gastos correspondientes a las costas del proceso. Este gastos sólo sería imputable a aquellos propietarios que mantuvieron una posición contraria al disidente que tuvo que promover el procedimiento.
Ver STS de 5 de octubre de 1983.
Ver STS de 23 de mayo de 1990.
Ver STS de 5 de octubre de 1983.
Ver STS de 23 de mayo de 1990.