60 - ¿Tiene valor legal un documento entregado por el Promotor a uno de los propietarios para que utilice la terraza cubierta del edificio de modo privativo?
No. Su uso privativo tendría que estar reconocido en el título constitutivo. Ese documento privado no afecta a la Comunidad. La terraza cubierta del edificio es un elemento común conforme al art. 396 del C. Civil.