Por término general hace falta el voto favorable de 3/5 partes del total de propietarios que a su vez represente a 3/5 partes del total de cuotas de participación.Sin embargo, si:+Cuando se trata de s...
08 de marzo de 2015 | » ver más «
Acceso para usuarios
Por término general hace falta el voto favorable de 3/5 partes del total de propietarios que a su vez represente a 3/5 partes del total de cuotas de participación.Sin embargo, si:+Cuando se trata de s...
08 de marzo de 2015 | » ver más «
Por término general hace falta el voto favorable de 3/5 partes del total de propietarios que a su vez represente a 3/5 partes del total de cuotas de participación.Sin embargo, si:+Cuando se trata de s...
08 de marzo de 2015 | » ver más «
Sí, puede darse el caso, si se considera que la instalación del servicio de ascensor es una mejora no requerida para la adecuada conservación y habitabilidad del inmueble, una instalación novedosa y d...
08 de marzo de 2015 | » ver más «
Requerirá del voto favorable de las 3/5 partes del total de propietarios que, a su vez, representen las 3/5 partes del total de cuotas de participación (art. 17.1 LPH), incluso cuando suponga la modif...
08 de marzo de 2015 | » ver más «
La Sentencia de la AP de Barcelona Sección 1ª, de 27 de septiembre de 2001, considera servicio común de interés general la instalación de portero electrónico. Por consiguiente, según el art. 17.1 LPH,...
08 de marzo de 2015 | » ver más «
La Sentencia de la AP de Toledo Sección 2ª, de 14 de julio de 2001, considera servicio común de interés general el cerramiento de una urbanización. Por consiguiente, s...
08 de marzo de 2015 | » ver más «
La Sentencia de la AP de Zaragoza Sección 4ª, de 31 de julio de 2001, considera servicio común de interés general la instalación de una puerta de acceso en la parte posterior del edificio para acceder...
08 de marzo de 2015 | » ver más «
La Sentencia de la AP de Álava Sección 2ª, de 19 de julio de 2000, considera servicio común de interés general la construcción de unos garajes. Por consiguiente, según el art. 17.1 LPH, se requerirá d...
08 de marzo de 2015 | » ver más «
La Sentencia de la AP de Guadalajara, de 4 de mayo de 2002, considera servicio común de interés general la instalación de puertas automáticas en garajes. Por consiguiente, según el art. 17.1 LPH, se r...
08 de marzo de 2015 | » ver más «
Para el arrendamiento de elementos comunes, según el art. 17.1 LPH, se requerirá de 3/5 partes del total de propietarios que a su vez representen 3/5 partes de las cuotas de participación.Si no se obt...
08 de marzo de 2015 | » ver más «
Siempre que la obra requerida para su instalación no afecte a elementos comunes (lo cual es difícil que no ocurra), se requerirá el acuerdo de la Junta para el arrendamiento de la zona común, exigiénd...
08 de marzo de 2015 | » ver más «
Una vez que los propietarios ausentes a una Junta reciben la comunicación de los acuerdos adoptados, disponen de 30 días para manifestar su conformidad u oposición. Si no se manifiestan de ningún modo...
08 de marzo de 2015 | » ver más «
Abstenerse no es lo mismo que estar ausente. Los propietarios que se abstienen renuncian a su derecho al voto, y por tanto, a su derecho a impugnar posteriormente el acuerdo.Los propietarios que se ab...
08 de marzo de 2015 | » ver más «
Si se obtiene la mayoría cualificada para los acuerdos que lo requieren, obliga a todos los propietarios, incluidos los que se opusieron.
08 de marzo de 2015 | » ver más «
El acuerdo necesario para instalar plataformas digitales en una Comunidad de propietarios necesita de los votos de 1/3 de los propietarios que, al menos, representen a 1/3 de las cuotas de participaci...
08 de marzo de 2015 | » ver más «
Se requiere el voto de 3/5 del total de propietarios que a su vez representen las 3/5 partes de las cuotas totales. (Art. 17 LPH).
08 de marzo de 2015 | » ver más «
Es preceptiva la autorización de la Junta, y no basta con el permiso del presidente de la Comunidad, aún siendo para efectuar esta obra para facilitar el acceso de personas con minusvalía a la Comunid...
08 de marzo de 2015 | » ver más «
Cuando se trate de acuerdos contrarios a la Ley, a los Estatutos, lesivos para la Comunidad, o que causen grave perjuicio a un comunero, o aquellos adoptados con abuso de derecho.Sin embargo, la impug...
08 de marzo de 2015 | » ver más «
Efectivamente.
08 de marzo de 2015 | » ver más «
No serían legalmente válidos por ser contrarios a la Ley, y por tanto serían fácilmente impugnables.
08 de marzo de 2015 | » ver más «
¿Quieres Administrar con Fincasoft? Regístrate y comienza ya mismo, es Gratis. Registrarse