Ley 49/1960, de Propiedad Horizontal de 21 de julio. (BOE de 23/7/60)
Modificaciones:
1. Ley 2/1988, de 23 de febrero. (BOE de 27/2/88)
2. Ley 3/1990, de 21 de junio. (BOE de 22/6/90)
3. L...
08 de marzo de 2015 | » ver más «
Acceso para usuarios
Ley 49/1960, de Propiedad Horizontal de 21 de julio. (BOE de 23/7/60)
Modificaciones:
1. Ley 2/1988, de 23 de febrero. (BOE de 27/2/88)
2. Ley 3/1990, de 21 de junio. (BOE de 22/6/90)
3. L...
08 de marzo de 2015 | » ver más «
1º Citación a todos los propietarios, en nombre del promotor, para celebrar Junta General con orden del día donde conste la Constitución de la Comunidad, el nombramiento de c...
08 de marzo de 2015 | » ver más «
No, según el art. 2b) LPH siempre que en el inmueble ocurran las circunstancias previstas en el art. 396 del Código Civil.Ver STS de 1 febrero de 1995.Ver SAP (Sentencia Audiencia Provincial) Barcelon...
08 de marzo de 2015 | » ver más «
No, sólo se exige la concurrencia de los requisitos previstos en el art. 396 del Código Civil.
08 de marzo de 2015 | » ver más «
Desde que se entregan las fincas a los adjudicatarios se aplica la LPH, aunque no se haya constituido formalmente la Comunidad de Propietarios. Por tanto, desde el momento de la entrega de los inmuebl...
08 de marzo de 2015 | » ver más «
Sí. Ver Resolución de la D.G.R.N. de 26 enero del 2002.
08 de marzo de 2015 | » ver más «
Sí. Tiene sentido sólo si todos los garajes constituyen una única finca registral con una única cuota de participación y los propietarios poseen una parte proindivis...
08 de marzo de 2015 | » ver más «
Sí. Exige la modificación del título constitutivo mediante acuerdo unánime en Junta de condueños, conforme establece el Art. 17.1 de la LPH. El acuerdo deberá elevarse a escritura pública e inscribirs...
08 de marzo de 2015 | » ver más «
Sí. Siempre que hayan elementos comunes (viales, alumbrado, zonas deportivas, canalizaciones, etc…) existe Comunidad, según se desprende del art. 396 del Código civil, y le será de aplicación la LPH, ...
08 de marzo de 2015 | » ver más «
No. El propietario puede ceder libremente el uso y disfrute del inmueble mediante arrendamiento, usufructo o simple precario.
08 de marzo de 2015 | » ver más «
Sí, pero precisa el acuerdo unánime de la Comunidad en Junta y la modificación posterior del título constitutivo.
08 de marzo de 2015 | » ver más «
Es el documento formal por el que se constituye el edificio en régimen de P.H., y que describe el edificio en su conjunto con sus servicios e instalaciones, así como cada piso o local a los que se asi...
08 de marzo de 2015 | » ver más «
1º El promotor del edificio al iniciar la venta de los pisos y locales.2º Los propietarios existentes mediante acuerdo unánime.3º Por laudo.4º Por resolución judicial. La L.P.H. no lo establece, p...
08 de marzo de 2015 | » ver más «
Sí. Cualquier modificación del título exige del acuerdo unánime de la Junta de condueños.
08 de marzo de 2015 | » ver más «
Es conveniente hacerlo para que surtan efecto frente a terceros. Para poderlos inscribir en el Registro de la Propiedad correspondiente es preciso su otorgamiento mediante escritura pública y, en el c...
08 de marzo de 2015 | » ver más «
Que sólo vincularán a aquellos propietarios a los que haya llegado a su conocimiento o cuando hayan prestado su consentimiento expreso o tácito.
08 de marzo de 2015 | » ver más «
Regular de forma sistemática y ordenada los detalles de la convivencia y la adecuada utilización de los servicios y las cosas comunes, dentro de los límites establecidos por la ley y los estatutos. Es...
08 de marzo de 2015 | » ver más «
No es imprescindible. Su adopción es potestativa, pero contribuyen a regular de forma sistemática y ordenada los detalles de la convivencia y la adecuada utilización de los servicios y las cosas comun...
08 de marzo de 2015 | » ver más «
Lo habitual es en el seno de la Junta de comuneros, con el régimen de mayorías previsto en el art. 17.3ª de la L.P.H., y subsidiariamente acudiendo a la autoridad judicial para que resuelva en equidad...
08 de marzo de 2015 | » ver más «
Basta su adopción como un simple acuerdo de la Junta de propietarios con el régimen de mayorías previsto en el art. 17.3ª de la L.P.H., y con su reflejo en el Libro de Actas. Estos Reglamentos son vin...
08 de marzo de 2015 | » ver más «
¿Quieres Administrar con Fincasoft? Regístrate y comienza ya mismo, es Gratis. Registrarse